¿Qué es el Kit Digital?

El Kit Digital es un programa que lanzado el Gobierno español con el objetivo de fomentar la digitalización de autónomos y pequeñas empresas, dentro del marco de la dotación de más de 3.000 millones de euros de los fondos Next Generation de la Unión Europea.

Esta iniciativa consiste en un abanico de subvenciones de hasta 12.000€ a las que se puede acoger las pymes para implantar soluciones tecnológicas en sus proyectos que les puedan ayudar a crecer y a completar sus servicios.

Esto encaja a la perfección con nuestro compromiso de contribuir a la implantación de soluciones digitales en el mercado. Por eso, como agentes digitalizadores, hemos preparado una serie de soluciones que te ayudarán a hacer tu empresa más competitiva.

Consulta las bases y los requisitos de participación para poder convertirte en beneficiario del programa en la web de Acelera PYME.

Ya tengo web o tienda online,¿puedo beneficiarme del Kit Digital?

: puedes solicitar la subvención para sustituir las soluciones digitales que tengas adoptadas si suponen una mejora funcional. Para conseguirlo, tendrás que incluir la certificación de las mejoras funcionales implementadas que sustituyan las soluciones que utilizas en la actualidad.

Mejoras subvencionables

Se trata de mejoras que realices a tu proyecto online que sustituyan a los servicios digitales actuales como el diseño web accesible para el usuario cumpliendo con las pautas WCAG-2.1.

Otra mejora funcional puede ser que adaptes el diseño de tu web o tu tienda online para que se vea bien desde cualquier dispositivo. Lo que también se llama diseño responsive.

También te puedes acoger a esta subvención si lo que quieres es optimizar tu ecommerce o site para que aparezca en las páginas de los principales buscadores. Es lo que se conoce como SEO básico

 

Mejoras no subvencionables

Las ayudas de este programa no cubren, por ejemplo, el desarrollo, progreso o aumento de las soluciones digitales que tengas actualmente implantadas.

Tampoco entrarían dentro de las subvenciones del Kit Digital para PYMES, la actualización de las versiones de software, ni las actualizaciones o mejoras de las versiones.

Si solo necesitas modificar el diseño de tu web o ecommerce porque ha cambiado tu identidad visual corporativa o, simplemente, porque te gustaría actualizarlo, tampoco podrías optar a estas ayudas.

¿Cómo solicitar las ayudas del Kit Digital?

  1. Comprobar que como pequeña empresa, microempresa o autónomo cumples los requisitos del plan Kit Digital.
  2. Crear una cuenta en Acelera Pyme: registra tu PYME creando la cuenta y aceptando el enlace de verificación que te llegará al correo electrónico.
  3. Realizar el test de Diagnóstico Digital en el que dispondrás de 3 opciones de autoevaluación. Solo tienes que hacer el de Diagnóstico Digital que consta de 13 preguntas cortas. Al finalizar, tu NIF quedará vinculado y cuando vayas a solicitar la ayuda, ya constará como realizado.
  4. Solicitar la ayuda en sede.red.gob.es siguiendo los pasos de la guía. Ya puedes solicitar la subvención si perteneces al Segmento I (empresa de 10 a 50 empleados) cumplimentando el trámite. Para rellenarlo necesitarás tener un certificado digital instalado o el sistema Cl@ve, presentar la cantidad de ayudas de tipo Minimis que hayas recibido en los últimos años; y conceder permiso para que ellos recaben la información necesaria. Además, según tu tipo de proyecto también necesitarás:
    • Si eres PYME: fecha, protocolo, nombre y dos apellidos del notario que figuran en las escrituras donde se incluye la persona que está actuando como representante.
    • Si eres autónomo: número de IAE.

    En cuanto tu solicitud sea revisada, te lo confirmarán. Este proceso puede durar varias semanas.

¿Qué requisitos debo cumplir para participar en el Programa Kit Digital?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (máximo 49 trabajadores).
  • Estar registrado en Acelera Pyme y realizar el test digital.
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Se trata de subvenciones en las que no tendrás que adelantar el dinero antes de recibir la ayuda

    Cantidades

    Entre 10 y 50 empleados              Hasta 12.000€
    Entre 3 y 10 empleados                 Hasta 6.000€
    Entre 1 y 3 empleados                   Hasta 2.000€
Soluciones de digitalización Para empresas de 0 a 3 empleados
(durante 12 meses)
Para empresas de 3 a 10 empleados
(durante 12 meses)
Para empresas de 10 a 50 empleados
(durante 12 meses)
Sitio web y presencia en Internet 2.000€ 2.000€ 2.000€
Comercio electrónico 2.000€ 2.000€ 2.000€
Gestión de redes sociales 2.000€ 2.500€ 2.500€